Consigue anular una pena por delito de tráfico pese a haber sido condenado por un juzgado de lo penal

- La Audiencia Provincial de Sevilla le ha dado la razón al conductor y deja sin efecto la condena penal en un caso llevado por el abogado Fernando Osuna

El acusado circulaba por la avenida Alcalde Manuel del Valle de Sevilla en marzo de 2022 cuando se saltó un semáforo en rojo y fue advertido por una dotación policial que se encontraba en el lugar. Al darle el alto y ver su documentación, la Policía descubrió que carecía de la vigencia de autorización administrativa para conducir. Por este motivo se condenó al conductor por un delito de conducción de vehículos a motor sin permiso de conducir, con una multa de 2.160 euros.
Según figura en la sentencia, el sancionado contaba con una pérdida de seis puntos por conducir un Volkswagen Golf por la plaza Carmen Benítez de Sevilla de manera “manifiestamente temeraria”, pero tal y como han podido demostrar en la alegación presentada por el bufete Osuna, esta merma de puntos y posterior pérdida de la vigencia del carnet de conducir no fue notificada al conductor por lo que tras agotar la vía administrativa recurrió ante la jurisdicción contencioso-administrativa consiguiendo dejar sin efecto la sentencia.
El abogado Fernando Osuna se basó en que dicha sentencia que condenaba al conductor por carecer de permiso de conducir en vigor era nula de pleno derecho, pues “no se respetaba el artículo 24.1 de la Constitución Española por inaplicación del principio de presunción de inocencia”. En la propia sentencia, la defensa afirma que “no ha quedado acreditado que mi mandante recibiese notificación de que carecía de la vigencia de autorización administrativa para conducir según acuerdo de la Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla. A este respecto, no existe en las actuaciones prueba de cargo o prueba indiciaria que pueda derrumbar la presunción de inocencia y así condenar a mi mandante”.
Al prosperar esta alegación en la que se demuestra que no quedó acreditado que el conductor recibió la notificación de la retirada de puntos que le ocasionaba la pérdida de la vigencia del carnet de conducir, quedó por tanto sin efecto la condena penal por circular sin permiso de conducir.