El juez Manuel Marchena participa en los Cursos de Otoño de la Escuela Universitaria de Osuna en una jornada en torno al mundo jurídico y la Inteligencia Artificial
La Escuela Universitaria de Osuna ha celebrado durante los días 9 y 10 de octubre el segundo de los Cursos de Otoño que forman parte de su vigésima edición.
Una formación integral bajo el titulo de “El mundo jurídico ante la Inteligencia Artificial. ¿confluencia posible?” ha congregado a una serie de ponentes de alto reconocimiento y prestigio profesional, entre ellos catedráticos y profesores de diferentes universidades en el marco del derecho penal y procesal (Silvia Barona, José Luis González y Amaya Arnaiz).
Durante el primer día también participó Juan Carlos Campo, magistrado del Tribunal Constitucional y ex ministro de Justicia, quien coordinaba y dirigía esta formación en el Centro Universitario de Osuna.
La jornada del segundo día se ha clausurado con la ponencia “¿Hacia una justicia robótica?” impartida por el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena Gómez.
El ponente se ha referido en su intervención al impacto de las nuevas tecnologías en los conceptos históricos que han definido el ejercicio de la jurisdicción penal. Apuntó que los cambios no van a ser paulatinos, pues “avanzamos hacia una mutación de alcance histórico”. Hizo suya la idea de que “en las dos próximas décadas la abogacía cambiará más de lo que ha cambiado en los dos últimos siglos”.
Se refirió a la consolidación de derechos de nueva generación, como el “derecho a la indemnidad neuronal”, salvaguarda del ciudadano frente a cualquier intento de los poderes públicos de manipular o condicionar su pensamiento; al derecho al “entorno virtual”, como concepto expresivo del interés del ciudadano en impedir injerencias no autorizadas en sus dispositivos de almacenamiento masivo; los derechos a la “identidad y a la dignidad algorítmica” y, en fin, el derecho “a no ser engañados” por la información inveraz que circula en redes, que ya ha tenido una traducción normativa en el Reglamento 20165/2022 de la Unión Europea.
Expresó también las dificultades a las que se enfrenta la jurisprudencia del TS para interpretar y adaptar los tipos penales y hacerlo con el inderogable respeto al principio de legalidad. Tomando como referencia algunas sentencias recientes, recordó que un conocido youtuber fue condenado al cierre de su cuenta en esta plataforma al entender el TS que la prohibición de volver al “lugar de la comisión del delito” incluye tanto el espacio físico como el “espacio virtual”. Que hay delitos cuyo escenario no requiere una realidad física en la que desarrollar la acción típica. Aludió también a los problemas interpretativos que se estaban suscitando en relación con el delito de “grooming”. En esta figura penal se castiga la aproximación a un menor de edad por medio de redes sociales para proponerle la realización de actos contrarios a su indemnidad sexual. De lo que se trata ahora es de resolver si la expresión “actos materiales de acercamiento” que emplea el art. 183 del Cp exige un contacto físico o basta que ese acercamiento sea sólo virtual. Y de ello depende el castigo o la impunidad de conductas especialmente graves. En su recorrido por los pronunciamientos más relevantes del TS en esta materia, el ponente se detuvo en el debate suscitado en torno a si, para dar por probada la intimidación que lleva a un adolescente a doblegar su voluntad y a aceptar un ataque a su indemnidad sexual, puede incluirse, por ejemplo, el temor a “perder la lista de contactos”, amenaza proferida por un agresor que había secuestrado la página de “facebook” de la víctima. El ponente reivindicó la necesidad de una interpretación siempre ajustada al principio de taxatividad que ha de inspirar la redacción de los tipos penales y lamentó las deficiencias de técnica legislativa que vienen presidiendo las últimas reformas legales. Todo ello hace “mucho más difícil la labor de los tribunales”.
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