Confirman dos años de prisión para un hombre por abuso sexual en una cita en Sevilla


La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla contra Alexander F. S. por un presunto “delito de abuso sexual con acceso carnal”. La resolución, recogida en la sentencia 424/24, desestima el recurso de apelación interpuesto por el condenado y mantiene la pena de dos años de prisión, así como otras medidas accesorias.
Detalles de la sentencia
El tribunal, compuesto por los magistrados Rafael García Laraña (ponente), José Luis Ruiz Martínez y Julio Ruiz-Rico Ruiz-Morón, ratificó la prohibición de aproximarse a la víctima, identificada como M. M. S., a menos de 300 metros durante cinco años. También confirmó la imposición de una medida de libertad vigilada por cinco años una vez cumplida la pena privativa de libertad, además del pago de una indemnización de 2.280 euros por los daños causados.
Hechos probados
Según la Audiencia Provincial, Alexander F. S. conoció a la víctima en septiembre de 2019 a través de la red social Tinder. Tras semanas de contacto, ambos se reunieron el 2 de noviembre de ese mismo año en el domicilio de la víctima, en Sevilla. Durante el encuentro, consumieron alcohol y MDMA.
Se informa también que en la madrugada del 3 de noviembre, Alexander F. S. se aprovechó del estado de inconsciencia de la víctima debido al consumo de sustancias para agredirla sexualmente. Según los hechos probados, la agresión incluyó una penetración vaginal con preservativo y un intento de penetración anal, momento en que la víctima despertó y lo expulsó de su vivienda.
La víctima presentó hematomas en los brazos, laceraciones vaginales y un deterioro emocional que requirió atención terapéutica.
Argumentos de la apelación
La defensa del condenado alegó que se habían vulnerado derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo. También cuestionó la verosimilitud y corroboración del testimonio de la víctima, sugiriendo que su relato podría estar influido por experiencias previas de agresión sexual.
Rechazo del recurso
El TSJA desestimó estos argumentos, señalando que el testimonio de la víctima era “coherente y persistente” y estaba respaldado por pruebas objetivas como:
- La declaración del entonces compañero sentimental de la víctima, quien corroboró haber recibido mensajes de ella manifestando incomodidad con la presencia de Alexander F. S. en su domicilio.
- El hallazgo de un preservativo usado con restos genéticos de ambos.
- Las lesiones documentadas por los forenses.
El tribunal destacó además que no existían indicios de animadversión ni motivos espurios en el testimonio de la víctima.
Costas procesales y cierre del caso
El TSJA ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial y ha declarado de oficio las costas procesales de esta instancia, al no encontrar motivos para su imposición. Esta decisión reafirma la condena a Alexander F. S. y cierra una etapa más en el proceso judicial, iniciado en el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Sevilla.