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Abierto el período de elecciones de la Hermandad de Jesús Caído

Abierto el período de elecciones de la Hermandad de Jesús Caído

El próximo 14 de junio se celebrará -D. m.- Cabildo de Elecciones en nuestra Hermandad para elegir a la próxima Junta de Gobierno. Por ello desde el pasado día 14 y hasta el próximo 14 de mayo quedará expuesto en la sacristía de la iglesia de San Carlos el censo de los hermanos con derecho a voto. Todos los hermanos han de pasar a comprobar y verificar que sus datos estén correctamente reflejados, pues de lo contrario no podrán ejercer su derecho en el cabildo de elecciones. Si hubiese algún campo del censo en el que los datos no fuesen los correctos -tales como dirección, fecha de nacimiento, número de DNI, etc…- o en caso de no aparecer en el mismo, habrá de ser comunicado al Secretario para subsanar el posible error o incidencia. De igual manera, el plazo de presentación de candidaturas expirará una vez transcurrido un mes, esto es, también hasta el día 14 de mayo, fecha en la que se efectuará la comunicación a la Vicaría General de la Archidiócesis de Sevilla de las candidaturas presentadas para el visto bueno de la autoridad eclesiástica.

Recordamos que las reglas que rigen las elecciones en nuestra Hermandad son las siguientes:

–          Regla 141. Electores: son electores todos los hermanos que han cumplido dieciocho años de edad en la fecha en que se celebren las elecciones (Norma 49). 

–          Regla 145ª. Período electoral. Se abrirá por la Hermandad, dos meses de antelación a la fecha de celebración del Cabildo General de Elección, comunicándoselo a todos los hermanos con derecho a voto y fijando el plazo de un mes para que los electores que se consideren a la vez elegibles, y quieran, puedan presentar en la Secretaría de la Hermandad y por escrito solicitud de candidato para un cargo en la Junta de Gobierno. El Secretario le proveerá de la certificación correspondiente.

–          Regla 146ª. Elegibles. Son elegibles todos los hermanos que han cumplido los dieciocho años antes del día en que se celebren las elecciones, sean residentes en Osuna o en ella desempeñen sus trabajos habituales, gocen en la Hermandad de una antigüedad de, al menos, dos años, están en posesión de los requisitos y cualidades determinadas en la Regla 54, y sean capaces del ejercicio de la responsabilidad que la Iglesia pide en los momentos actuales para dirigentes seglares.

–          Regla 149ª. Para desempeñar el cargo de HERMANO MAYOR, se requiere tener cumplidos los treinta años y haber desempeñado algún cargo en la Junta de Gobierno y poseer un probado sentido cristiano y eclesial, manifestado por su piedad y celo, ejemplar cariño y entrega a la Hermandad y por su devoción a los Sagrados Titulares. 

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Por último señalar que los medios de comunicación de la Hermandad están a disposición de toda aquella candidatura que desee plantear mediante los mismos sus propuestas al conjunto de hermanos.

 

Informa:www.jesuscaidoosuna.com


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